Preámbulo
Considerando que todo animal posee derechos,
Considerando que el desconocimiento y desprecio
de dichos derechos han conducido y siguen conduciendo al hombre
a cometer crímenes contra la naturaleza y contra los
animales,
Considerando que el reconocimiento por parte
de la especie humana de los derechos a la existencia de las
otras especies de animales constituye el fundamento de la
coexistencia de las especies en el mundo,
Considerando que el hombre comete genocidio
y existe la amenaza de que siga cometiéndolo,
Considerando que el respeto hacia los animales
por el hombre está ligado al respeto de los hombres
entre ellos mismos,
Considerando que la educación debe
enseñar, desde la infancia, a observar, comprender,
respetar y amar a los animales,
Se proclama lo siguiente:
Artículo 1.
Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los
mismos derechos a la existencia.
Artículo 2.
a) Todo animal tiene derecho al respeto.
b) El hombre, en tanto que especie animal,
no puede atribuirse el derecho de exterminar a los otros animales
o de explotarlos violando ese derecho. Tiene la obligación
de poner sus conocimientos al servicio de los animales.
c) Todos los animales tienen derecho a la
atención, a los cuidados y a la protección del
hombre.
Artículo 3.
a) Ningún animal será sometido a malos tratos
ni actos crueles.
b) Si es necesaria la muerte de un animal,
ésta debe ser instantánea, indolora y no generadora
de angustia.
Artículo 4.
a) Todo animal perteneciente a una especie salvaje, tiene
derecho a vivir libre en su propio ambiente natural, terrestre,
aéreo o acuático y a reproducirse.
b) Toda privación de libertad, incluso
aquella que tenga fines educativos, es contraria a este derecho
Artículo 5.
a) Todo animal perteneciente a una especie que viva tradicionalmente
en el entorno del hombre, tiene derecho a vivir y crecer al
ritmo y en las condiciones de vida y de libertad que sean
propias de su especie.
b) Toda modificación de dicho ritmo
o dichas condiciones que fuera impuesta por el hombre con
fines mercantiles, es contraria a dicho derecho.